El fiscal José Oliveros Icazatti pidió esa pena contra Nicolás Soria. En el 2018 conducía alcoholizado cuando atropelló y mató a Gladys Tapia y le provocó graves lesiones a su marido.
El Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, presidido por la jueza Dra. Sara López Douglas e integrado por las juezas Dras. Karina Daniela Cabral y Edith Elizabeth Agüero, realizó la última audiencia del juicio en contra de Nicolás Soria, quien está acusado del delito “Homicidio culposo agravado y Lesiones culposas agravadas”, en perjuicio de dos personas mayores de edad.
Este jueves, en la Asociación de Magistrados y Funcionarios, se concretaron los alegatos del caso. En ese marco, en primer lugar el abogado querellante Dr. Sergio Gómez aseveró que todos los elementos reunidos, permiten acreditar la autoría y materialidad del hecho.
Tras repasar las circunstancias en las que ocurrió el siniestro, detalló las lesiones sufridas por las víctimas y recalcó que el acusado “nunca mostró respeto hacia la familia, no presentó sus condolencias y no se quedó a socorrer a las víctimas”, lo cual habla de la personalidad que tiene, argumentó.
Además, señaló que la conducción zigzagueante y la alta velocidad en la que circulaba, quedó probada con el testimonio de varios efectivos policiales. Asimismo, recalcó que el imputado evadió dos controles policiales y en el momento de la detención, opuso resistencia.
En la misma línea, informó que el acusado no realizó maniobras de evitabilidad antes de producirse el hecho, según quedó sentado en las pericias accidentológicas que se efectuaron. También, remarcó que del vehículo de Nicolás R.A.Soria fueron secuestrados varios elementos, entre ellos, una botella de bebida alcohólica, una astilla de hueso que se hallaba incrustado en la parte exterior del lado del conductor y una tobillera electrónica que tenía dicho conductor. Luego, hizo referencia al test de alcoholemia positivo que fue rectificado con el testimonio de personal policial.
Finalmente, el letrado pidió al Tribunal que tenga en cuenta que, al momento de ser examinado por un médico, el acusado no manifestó tener patologías graves que le impidan estar alojado en prisión; además, según testigos, incumple con la prisión domiciliaria.
Por su parte, el fiscal Dr. José Oliveros Icazatti enfatizó en el daño psicológico provocado en el grupo familiar de las víctimas a causa de este siniestro y, por otro lado, hizo hincapié en la inconducta desplegada por el imputado, quien se dio a la fuga tras el hecho y luego evadió controles, poniendo en riesgo la vida de varios uniformados.
Por último, dijo que el agravante quedó comprobado, con el test de alcoholemia positivo, por la calidad de funcionario policial del acusado y porque contaba con carnet de conducir con autorización de traslado de personas. Por tales motivos, solicitó se lo condene a la pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo y la inhabilitación por 12 años para conducir cualquier vehículo automotor.
En su turno, el abogado defensor, Dr. Francisco Brizuela, reconoció la materialidad y autoría de los hechos, pero sostuvo que hay varias dudas respecto al accionar de la policía. También, dijo que su cliente no tomó las medidas necesarias luego del hecho, producto a estar bajo efectos del alcohol, pero “los accidentes pasan, están a la orden del día”.
Detalles del hecho:
El 21 de octubre de 2018, cerca de las 19:45, Nicolás R. A. S. conducía en estado de ebriedad un automóvil marca Fiat de color blanco por ruta provincial N° 27, en sentido cardinal de Sur a Norte, cuando embistió a una motocicleta marca Honda Twiter 250Cc. que circulaba en sentido contrario, en la que se trasladaban Saturnino Segundo Aballay y Gladys Griselda Tapia. Producto del impacto, las víctimas fueron expulsadas del rodado y cayeron en el sector de la banquina, mientras que el acusado, habría continuado la marcha.
El conductor del rodado mayor fue detenido en inmediaciones de la ruta nacional N° 38, en tanto que las víctimas fueron trasladadas al hospital Enrique Vera Barros debido a las lesiones de gravedad que presentaban. Tapia, sufrió un shock hemorrágico secundario a causa de un traumatismo con necesidad de amputación en el miembro inferior izquierdo, lo que posteriormente provocó su deceso; y Aballay resultó con fracturas múltiples de huesos metacarpianos, fracturas expuestas en pierna, fractura de acetábulo izquierdo y fractura de costillas.