Monotributo: AFIP extendió nuevamente el plazo para la recategorización y del pago mensual

Los pequeños contribuyentes tendrán más tiempo para reubicarse dentro de las nuevas escalas del régimen. Tras el aumento de la cuota mensual, el vencimiento de este mes será más tarde.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso este lunes extender la fecha límite para la recategorización del monotributo al viernes 9 de agosto. Además, el organismo estableció que el vencimiento de la cuota mensual mensual que pagan los pequeños contribuyentes será el miércoles 28 del corriente y no el martes 20 como estaba pautado originalmente.

Así fue oficializado esta mañana a través de la resolución 5.534 publicada en el Boletín Oficial, la cual lleva la firma de la titular de AFIP Florencia Misrahi. La prórroga fue decidida a partir de los cambios que recibió el régimen para monotributistas a partir de la votación de la ley 27,743, aprobada en el Congreso a fines de junio y reglamentada recientemente por el Ejecutivo.

“Extender hasta el 9 de agosto de 2024, inclusive, el plazo establecido en el primer párrafo del artículo 20 de la Resolución General N° 4.309, sus modificatorias y complementarias, a efectos de cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2024″, dice el artículo 1 de la norma publicada esta madrugada.

“Las obligaciones de pago resultantes de la citada recategorización tendrán efectos para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de enero de 2025″, señaló AFIP.

“Los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) previsto en el Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias, podrán cumplir con las obligaciones de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondientes al período agosto de 2024, hasta el 28 de dicho mes inclusive”, consigna el artículo 2 de la resolución 5.534 del organismo recaudador.

Luego de la aprobación del paquete fiscal, que estableció los nuevos montos máximos de facturación para todas las categorías del monotributo, la medida quedó reglamentada por medio de la publicación en el Boletín Oficial a través del decreto 661.

Se busca, de esa manera, que más contribuyentes permanezcan en los niveles actuales sin pasar al régimen general.

En el caso de que se deba hacer una recategorización, teniendo en cuenta los ingresos de los últimos 12 meses, los monotributistas inscriptos en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tendrán tiempo hasta el 2 de agosto, según la Resolución General 5523.