Lo decidió la jueza Marta Cirulli tras dar por fracasado el proceso de salvataje de la firma ya que la propuesta que hizo esta no satisfizo a los acreedores, incluido el Estado nacional.
La justicia comercial decretó este lunes la quiebra del Correo Argentino SA, una empresa del Grupo Macri, tras dar por fracasado el proceso de salvataje, al entender que la oferta realizada por la compañía postal «solo representaba el 100% de la deuda a los ojos de la propia empresa», pero «no abarcaba el valor actual de la misma».
La jueza en lo Comercial Marta Cirulli tomó la decisión luego de que fuera rechazada una nueva propuesta de la empresa postal que no satisfizo el interés del Estado Nacional, acreedor Categoría A, según surge del fallo de 44 páginas al que tuvo acceso Télam.
Los argumentos
En su fallo, la jueza recordó que de las 6 firmas que se presentaron al salvataje solo el propio Correo Argentino S.A. «mantuvo el interés de seguir con el trámite», y párrafos más adelante explicó que la oferta realizada no satisfizo a los acreedores necesarios como para prosperar.
Cirulli señaló en su fallo que la oferta realizada por la concursada solo representaba el 100 por ciento de la deuda a los ojos de la propia empresa pero que no abarcaba el valor actual de la misma.
La magistrada también hizo referencia a la supuesta conformidad que la empresa deudora atribuyó a los acreedores de Categoría C, que habían prestado acuerdo a ofertas realizadas hace casi 20 años, en otra instancia del proceso concursal.
«A lo largo de todo ese tiempo variaron sensiblemente los indicadores económicos y sobrevinieron sucesivas devaluaciones de nuestro signo monetario con gran pérdida del valor adquisitivo, lo cual es de conocimiento público. En esa situación, no podría razonablemente suponerse que aquellos acreedores Categoría C -antes aquiescentes- aceptarían ahora la llamada mejora de propuesta, tratándose de créditos devengados hace dos décadas», sostuvo la jueza.
La magistrada resaltó además que aún si se dejaran de lado los cuestionamientos a los avales presentados por la concursada y se trabajara con la hipótesis de que «todas las conformidades, adhesiones y ratificaciones obtenidas resultan legítimas, válidas y computables»; la empresa postal de los Macri no logró la conformidad de su principal acreedor, que es el Estado Nacional.
«No encuentro ahora -como no encontré el 18.3.2010- mérito para calificar al Estado Nacional como acreedor ´hostil´ tal como se irá viendo», sostuvo la jueza al rechazar las acusaciones que había lanzado la empresa de los Macri contra el Estado Nacional, y más precisamente contra la Procuración General del Tesoro, en el expediente del concurso.
«Si la deudora puede ofrecer una propuesta mejor, pero la retacea hasta el último momento posible, mal podría calificar de ´hostil´ al acreedor que decide no aceptarla por hallarla insuficiente», sostuvo la jueza.