Los hechos se perpetraron contra menores de edad en la Ciudad. Las sentencias fueron de 7 y 10 años de prisión.
El Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de la Primera Circunscripción Judicial, integrado por los jueces Dra. Karina Cabral, Dr. Gustavo Farías y Dra. Sara López Douglas, resolvió, dictar sentencia y declarar culpable a Eloy Choque Quispe como autor penalmente responsable del delito de Abuso Sexual con Acceso Carnal y condenarlo a la pena de prisión de 7 años y 5 meses de cumplimiento efectivo que deberá efectuar alojado en el Servicio Penitenciario Provincial.
El hecho que se le imputa al acusado ocurrió el 29 de mayo de 2019 cuando la víctima tenían 18 años de edad y se encontraba en el departamento que alquilaba para realizar estudios universitarios.
Asimismo, la Cámara declaró el presente caso enmarcado como violencia en contra de la mujer de acuerdo a las Convenciones Interamericanas con el fin de erradicar la violencia contra la mujer y la Convención de Belén do Para y las convenciones sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres ratificada por el Estado Argentino para prevenir sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollo en sus relaciones interpersonales y Ley Provincial.
Por su parte, se ordenó oficiar a la Dirección del Género dependiente del Tribunal Superior de Justicia y a la Unidad de Asistencia a la Víctima dependiente del Ministro Público Fiscal de La Rioja.
Esto último, se realiza con el fin de que dicha Unidad consulte a la víctima si desea ser informada ante cualquier planteo relacionado a las personas condenadas con salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión discontinuación y atención libertad asistida o régimen preparatorio por su liberación.
Finalmente se ordenó imponer al acusado durante el término de la privación de libertad, deberá ser sometido a un tratamiento psicológico continuo y permanente que le permita rehabilitarse y erradicarse conductas morbosas para reintegrarse a la sociedad el cual será supervisado por el Juzgado de Ejecución Penal.
Otra sentencia
El Tribunal, presidido por la jueza Edith Agüero y compuesto por los jueces vocales Gustavo Farías y Sara López Douglas, resolvió condenar a la pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo al ciudadano T.A.M., por considerarlo penalmente responsable y culpable de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal y Corrupción de menores”.
Durante la instancia de alegatos, el fiscal José Oliveros Icazzati había solicitado que se condenara al imputado a la pena de 12 años de prisión efectiva, allí explicó que “el acusado es autor penalmente responsable y culpable de los delitos que se le imputan, y que lo sufrido por la víctima inserta al hecho como violencia contra la mujer”.
“La conducta del imputado encuadra en los hechos de Violencia en contra de la mujer, en razón de las circunstancias que rodearon al hecho y que surgieron del debate”, consideró.
La lectura de sentencia tuvo lugar el pasado martes en instalaciones de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional, de la primera Circunscripción Judicial Capital.